“Todos los aparatos, terminales, equipos y sistemas de telecomunicaciones, precisarán para su conexión a la red y para la prestación de cualquier servicio y actividad de telecomunicación, de un certificado de homologación que será expedido en la forma que se determine reglamentariamente, por el Órgano Regulador, con el objeto de salvaguardar y garantizar el buen funcionamiento de las redes y los servicios del sistema de telecomunicación en general, así como la seguridad de los usuarios”.Art.18.1 de la Ley núm. 7/2005, Gral. de Telecomunicaciones
1. SOLICITUD (ante la oficina o a través del correo electrónico)
Presentar una solicitud (modelo de ORTEL) debidamente rellenado, firmado y sellado
Adjuntar: Certificado de Conformidad, especificaciones técnicas y certificados de pruebas
2. PAGO DE LAS TASAS
Si el expediente es apto se le emite y entrega al solicitante una nota de ingreso a favor de ORTEL
Si el expediente no es apto se le solicita más información o se le emite un no apto
3. RESOLUCIÓN
Una vez realizado el ingreso se expide el certificado de homologación a favor del solicitante.